La tarjeta «PassVigo» podrá ser pedida por cualquier usuario, no solo los empadronados en la ciudad, dicta la justicia.
El juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Vigo dictó sentencia hace unos días dándole razón al Concello de Redondela en una denuncia sobre el transporte urbano vigués, lo que permitirá en base a esa sentencia que no sea necesario el empadronamiento en la ciudad para «poder disfrutar del bono de autobús en la ciudad olívica», la tarjeta PassVigo, según un teletipo de Ep.
Esas líneas de transporte público son eminentemente urbanas, pero una de ellas alcanza el citado concello que ha realizado la reclamación. La Justicia ha considerado que, efectivamente, citado título de transporte pueda ser utilizado siendo indiferente el lugar donde aparece censado el ciudadano, que puede disfrutar de esta manera de bonificaciones.
El auto abunda en que no puede producirse una discriminación «por razones de territorio o residencia, ni por razones sociales o de otra índole», como es el caso de reclamar un empadronamiento para disponer de bonificación al utilizar los buses urbanos.
Importante también esta respuesta judicial porque ese empadronamiento, mediante la citada tarjeta PassVigo, iba a ser también obligatorio para que las plazas de parking del hospital Álvaro Cunqueiro que tiene el Concello siguiesen siendo gratuitas para los ciudadanos. Así, solo a los empadronados les seguiría saliendo gratis, al solo contar ellos con el título.
El PassVigo también es de utilidad para realizar la identificación en instalaciones deportivas de la ciudad olívica.